Tabla de Preaviso Costa Rica 2026 — Días según Antigüedad
Publicado el 9 de junio de 2026
El preaviso es el aviso anticipado que debe darse antes de terminar una relación laboral en Costa Rica. Lo regula el artículo 28 del Código de Trabajo y la cantidad de días depende de la antigüedad. Aquí tienes la tabla y cómo funciona.
Tabla de preaviso por antigüedad
| Tiempo laborado | Días de preaviso |
|---|---|
| Menos de 3 meses | Sin preaviso |
| De 3 a 6 meses | 7 días (1 semana) |
| De 6 meses a 1 año | 15 días (2 semanas) |
| Más de 1 año | 30 días (1 mes) |
El preaviso aplica en ambas direcciones: el patrono debe avisar antes de un despido sin justa causa, y la persona trabajadora debe avisar antes de renunciar.
¿Qué pasa si no se da el preaviso?
Si la parte que termina el contrato no otorga el preaviso, debe pagarlo en dinero. El cálculo es:
Preaviso = salario diario × días según antigüedad. El salario diario es el salario mensual ÷ 30.
- Si el patrono despide sin justa causa y no da preaviso, debe pagarlo al trabajador.
- Si la persona renuncia y no avisa, el patrono puede rebajar el preaviso de su liquidación.
Por ejemplo, con un salario de ₡600.000 y más de 1 año laborado, el preaviso equivale a 30 días → ₡20.000 diarios × 30 = ₡600.000.
Preaviso vs. cesantía: no son lo mismo
El preaviso es el aviso anticipado de la terminación; la cesantía es la indemnización por los años de servicio. En un despido sin justa causa pueden pagarse ambos, junto con las vacaciones y el aguinaldo proporcionales. Consulta la tabla de cesantía para ver los días por antigüedad.
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